recusación
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recusación
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- Pronunciación: [ re.ku.sa.ˈsjon ] (seseante); [ re.ku.sa.ˈθjon ] (no seseante);
- Etimología: de recusar y -ción
[editar] Acepciones
[editar] Sustantivo femenino
| Singular | Plural |
|---|---|
| recusación | recusaciones |
- 1
- Acción o efecto de recusar
- 2 En Derecho.
- Acción de recusar, es decir impugnar legítimamente la actuación de un juez en un proceso.
- Ejemplo: DIFERENCIA ENTRE IMPLICANCIA Y RECUSACIÓN Ambas instituciones persiguen igual finalidad,...Por regla general son más graves las de implicancia que las de recusación[1]
[editar] Locuciones
- recusación vaga: La que se hace en juicio sin concretrarse a persona determinada, sino a una clase o colectividad. [2]
[editar] Véase también
Wikipedia tiene un artículo sobre recusación- incidente
[editar] Traducciones
Traducciones
[editar] Referencias
- ↑ Salas Cárcamo J 1990. Justicia electoral para los cuerpos intermedios: tribunales electorales regionales, organización y competencia, el proceso jurisdiccional electoral. Editorial Jurídica de Chile
- ↑ Labernia, Pedro (1866). Novísimo diccionario de la lengua castellana con la correspondencia catalana, el mas completo de cuantos han salido á luz. Comprende todos los términos, frases, locuciones y refranes usados en España y Américas Españolas en el lenguaje comun, antiguo y moderno y las voces propias de ciencias, artes y oficios. Madrid: Espasa. (Tomo I, A–E; Tomo II, F–Z) Pág. 702