purgación canónica: En Derecho. Prueba que los cánones establecen para el caso en que uno fuere infamado o notado de un delito que no se puede plenamente probar, reducida a que se purgue la nota o infamia del acusado por su juramento y el de los compurgadores.1
purgación vulgar: En Derecho. Disquisición o examen judicial, en que por defecto de otra prueba, y para decidir la verdad de la inocencia o culpa del reo, se le sujetaba a la experiencia del agua hirviendo, del hierro encendido o del agua fría (en que se le arrojaba atado de pies y manos), declarándole culpado si se hundía en ella o si el fuego le quemaba, e inocente si sucedía lo contrario. También se hacía este examen por medio del duelo y de otros modos supersticiosos e ilícitos.1